La Seguridad Social contempla aquellas situaciones en las que un autónomo trabaja también por cuenta ajena, de hecho, esto tiene un nombre: pluriactividad. Sin embargo, si te encuentras en la situación en la que te ha surgido una oportunidad laboral por cuenta ajena, pero no quieres dejar tu trabajo como autónomo porque lo puedes compatibilizar puede que te surjan muchas dudas al respecto.

¿Puedo ser autónomo y trabajador por cuenta ajena al mismo tiempo o tengo que elegir? ¿Me quitarán la bonificación por darme de alta como autónomo recientemente? Es normal tener este tipo de dudas y es que es verdad que hay situaciones en las que conviene realizar una serie de trámites concretos para poder estar en este régimen de pluriactividad. Veamos todo esto con mayor detalle.

La pluriactividad es totalmente legal

Ser autónomo y trabajador por cuenta ajena al mismo tiempo es legal. De hecho, como autónomo puedes disfrutar de ciertas bonificaciones por encontrarte en este régimen de pluriactividad. Durante los primeros 18 meses puedes deducirte hasta el 50% de tu base de cotización y en los próximos 18 meses la reducción llegaría hasta el 75%. Por lo tanto, puede ser interesante que tengas ambos tipos de trabajo.

Eso sí, si te has dado recientemente de alta y disfrutar de la cuota mensual a la Seguridad Social reducida, ten en cuenta que esto será incompatible con las bonificaciones anteriormente mencionadas. ¿Qué debes hacer en estos casos? Analizar qué es lo que te interesa más para elegir si quieres continuar con la bonificación por ser nuevo autónomo o por estar en un régimen de pluriactividad.

Ser funcionario y autónomo ¿las cosas cambian?

Si el trabajo por cuenta ajena que te ha surgido tiene que ver con la administración pública, aquí la situación se complica un poco más. En la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, se expone una lista exhaustiva de incompatibilidades en estos casos. Esto quiere decir que debes elegir si continuar siendo autónomo u optar por trabajar solo como funcionario (sirve también para interinos o sustitutos).

En el caso de que tu trabajo como autónomo no parezca que presente incompatibilidades con el puesto que vas a desempeñar (puede ser profesor de un instituto) debes solicitar la compatibilidad laboral obligatoriamente. En ella debes especificar tu trabajo como autónomo, las horas que le dedicas, si interferirá con tu actividad como funcionario, etc. Después, solo tendrás que esperar a la resolución.

Una pregunta que puede que te hayas hecho es si hay diferencia entre ser funcionario y después autónomo o a la inversa. Para empezar, si eres funcionario no vas a poder iniciar tu actividad privada hasta que se te conceda la compatibilidad laboral. En el caso contrario, puedes iniciar tu actividad como funcionario solicitándola y cuando te llegue la resolución, dependiendo de cuál sea, dejar o no tu trabajo como autónomo.

Cuidado con las retenciones

Un aspecto con el que debes tener cuidado si al fin eres autónomo y trabajador por cuenta ajena son las retenciones. A veces, en las administraciones públicas las retenciones son bajas, de un 2% por ejemplo en algunos casos. Si eres autónomo esto no te conviene, ya que probablemente cuando realices la próxima declaración de la RENTA te salga a pagar. Por tanto, debes pedir que te suban la retención.

Esto lo puedes hacer sin ningún tipo de problema e inconveniente para que no te lleves un susto cuando realices tu declaración de la RENTA. Tan solo debes comunicarlo a la entidad correspondiente para que te apliquen el cambio en las próximas nóminas que te emitan. A veces, conociendo tu situación esto es algo que se hace automáticamente, aunque en ocasiones no ocurre así. Por eso, conviene estar atentos.

¿Cuáles son las ventajas por estar en un régimen de pluriactividad?

La primera de las ventajas de ser autónomo y trabajador por cuenta ajena es que incrementarás tus ingresos. Esa inestabilidad que puedes sentir como autónomo por perder clientes o que el trabajo se reduzca más de lo que tenías previsto puede verse compensado por ese otro trabajo que sí te ofrecerá un sueldo fijo al mes. Por lo tanto, te sentirás mucho más tranquilo mientras sacas adelante ambos trabajos.

La segunda de las ventajas son las bonificaciones a las que te podrás acoger por estar en un régimen de pluriactividad y de las que ya te hemos hablado. Es muy importante que tengas esto en cuenta para poder solicitarlas y disfrutar de ellas. Aunque, como ya sabes, a veces vas a tener que elegir, sobre todo si todavía tienes la tarifa plana. En este punto tienes que ver lo que te compensa a ti.

Ser autónomo y tener un trabajo por cuenta ajena siempre suscita muchas dudas y es por esto por lo que en TributaLey Asesores te ayudamos en todo lo que necesites. Daremos respuesta a tus preguntas, analizaremos tu caso y te recomendaremos lo mejor para ti. Además, te diremos a dónde acudir y qué hacer para solicitar la compatibilidad laboral si te corresponde en tu caso. ¡Contacta con nosotros ahora!

 

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