La mayoría interpreta la herencia como los derechos de los familiares de una persona fallecida sobre las propiedades, empresas y ahorros. Pero la realidad es que esto abarca más que beneficios; aceptarla también implica asumir las obligaciones y deudas con sus intereses pendientes. Y esto no se refiere únicamente a los compromisos impagos con personas naturales, sino también los de Hacienda.
Ciertamente, se trata de un tema incómodo, pero que es necesario conocer, en especial cuando la persona en cuestión es mayor o está aquejada por una enfermedad. Para estos casos, conviene contar con la correcta asesoría legal para posibles negociaciones y la toma de decisiones. Dado el desconocimiento al respecto, se ofrecen a continuación algunas pautas para saber qué hacer con las deudas tributarias.
¿Las deudas con Hacienda se heredan? Esto dice la ley
Una duda común es: ¿las deudas con Hacienda se heredan? La respuesta es simple: sí. Según el artículo 39 de la Ley General Tributaria (LGT), cuando un obligado tributario fallece, las obligaciones pendientes se transmiten a sus herederos; esto incluye sus deudas. El término “obligado tributario” se refiere a una persona física o jurídica que debe cumplir con determinadas obligaciones fiscales tanto formales como de pago.
Asimismo, el Código Civil, en sus artículos 659 y 661, establece que los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones tras su fallecimiento. Sin embargo, no solo las personas que acepten la herencia están en la obligación de asumir las deudas tributarias; también los legatarios siempre que esta se distribuya a través de legados y bajo los supuestos en que instituyan los mismos.
Aceptar una herencia implica aceptar las deudas del fallecido
Aclarado esto, lo siguiente es hablar de lo que se puede hacer con la herencia en cuestión en caso de deudas tributarias. La misma LGT establece dos opciones: aceptar la herencia de forma pura y simple o aceptarla a beneficio de inventario. Además, es posible renunciar a ella. Todas estas repercuten en la responsabilización por las deudas tributarias del difunto tras su muerte. Se explican a continuación.
Aceptar herencia de forma pura y simple
Cuando una herencia se acepta de forma pura y simple, el o los herederos también deberán responder por las deudas tributarias del causante. Como ya se indicó, el heredero no solo podrá disfrutar de los bienes implicados, sino que tendrá que asumir dicha responsabilidad. La respuesta incluye tanto el patrimonio de la herencia como el patrimonio personal del individuo si fuera necesario.
Aceptar herencia a beneficio de inventario
La otra opción que ofrece la ley es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Nuevamente, los herederos asumen la responsabilidad de los bienes de la herencia y las deudas tributarias pendientes del difunto. Sin embargo, esta se diferencia de la forma pura y simple en los bienes que implicaría responder por dicho compromiso. En este caso, no es necesario comprometer el patrimonio personal.
¿Qué obligaciones tiene el heredero que acepta la herencia?
Al aceptar la herencia, el heredero se convierte en el sucesor de persona física, una figura tributaria también descrita en la ley. Esto quiere decir que asumirá el pago de las deudas tributarias del fallecido tal y como quedaron al momento de su fallecimiento. Sin embargo, las condiciones para hacerlo pueden plantearse de dos formas: en un período voluntario o un período ejecutivo.
¿Es posible liberarse de las deudas tributarias heredadas?
Dado el nivel de responsabilidad que implica aceptar una herencia de este tipo, muchos se preguntan si es posible liberarse de las deudas tributarias. En efecto, es posible a través de una renuncia, pero esto implicaría también renunciar a los bienes del difunto. Esta puede ser una decisión muy inteligente cuando se sabe que los pagos pendientes superan los beneficios del patrimonio.
Antes de aceptar una herencia, es válido informarse respecto a las deudas
Esto nos lleva a la importancia de estudiar el panorama antes de dar a conocer cualquier decisión. Los herederos y sucesores deben investigar la naturaleza de las deudas tributarias de la persona que ha fallecido. De este modo, pueden sopesar bien sus opciones y determinar si vale la pena asumir los pagos pendientes a cambio del patrimonio en juego. Para ello, nunca está demás buscar asesoría especializada.