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Impuesto de Sociedades: plazos, reglamento y novedades

Aprende todo acerca del impuesto de las sociedades, especialmente su reglamento, plazos y novedades del 2022.

El pago de impuesto de sociedades es una de las eventualidades más conocidas a nivel empresarial. En definitiva, se trata de un tipo de tributo que se paga cada cierto tiempo y que, de vez en cuando, implementa ciertas novedades. Asimismo, está sujeto a una serie de reglamentos que los involucrados deben conocer a como profundidad para evitar inconvenientes. Por tanto, hoy te enseñaremos todo sobre ello.

Entonces, ¿qué es el impuesto de sociedades? Explicado fácilmente

La definición técnica del impuesto de sociedades es aquella que lo establece como un tributo específico para personas jurídicas. Básicamente, se aplica a todo aquel ente que haya disfrutado de rentas en un año fiscal, debiendo pagar una clase de contribución prestablecida. En otras palabras, grava todo lo asociado a la renta de las grandes sociedades o de los organismos jurídicos involucrados en su normativa.

Cabe destacar que el impuesto de sociedades no es más que el conocido impuesto sobre la renta, pero específicamente para estos casos. A grandes rasgos, igualmente es denominado como un tributo fiscal impositivo bien estructurado, dependiendo de cada país. Explicado sencillamente, las grandes sociedades deberán pagar al estado un porcentaje predeterminado por sus beneficios mercantiles en un año fiscal.

En el ámbito de sus características, el impuesto de sociedades tiene la particularidad de ser directo. En conjunto con ello, es intransferible y de carácter persona obligatorio en todo sentido. Del mismo modo, se sustenta en dos pilares fundamentales: una parte que es proporcional a los beneficios y, otra, periódica. Quiere decir que nunca se cobrará más o menos y el monto a tributar deberá ser presentado cada cierto tiempo.

¿Cuáles son los plazos para pagar el impuesto de sociedades?

El plazo para pagar el impuesto de sociedades está dado por el período de tiempo que se prolongue el período impositivo. Por tanto, no es como el resto de los tributos fiscales que poseen un lapso ya prestablecido. Según la Ley del Impuesto de Sociedades, en el artículo 124.1, se tiene un intervalo de 25 días para el pago de la suma total. Como es de entrever, comienza a contar a los 6 meses posterior al período impositivo.

Para el presente año, el plazo para el pago de los grandes impuestos de sociedades culminó el pasado 25 de julio. En esa fecha, las empresas debieron presentar sus contribuciones para mantenerse al día con el régimen fiscal. De lo contrario, es altamente probable enfrentar multas cuantiosas y contraproducentes que nadie quiere hacer frente.

Reglamento para el pago de impuestos de sociedades

Como todo en la vida, el pago de impuestos de sociedades está regido por un reglamento bien estructurado. Gracias a él, se conocen todos los términos básicos, cláusulas y todas las nimiedades para su consumación. A raíz de ello, las entidades jurídicas poseen un respaldo o guía para declarar fiscalmente, sin presentar huecos en el proceso. Por tanto, es de utilidad diversas.

El reglamento para el pago de impuestos de sociedades fue derogado en julio del año 2015. Desde allí, ha sido sujeto de pruebas o de modificaciones de acuerdo a diferentes casos o escenarios que se han manifestado hasta hoy día. Para comprobar, a modo de resumen, todo lo que está en su haber, puedes consultar la página del Boletín Oficial del Estado.

Las novedades que debes tener en cuenta acerca de los impuestos de sociedades

La novedad que más se subraya en el pago de los impuestos de sociedades es el incremento del porcentaje imponible sobre la renta. Ahora, la cuantía mínima para esta campaña de tributación fiscal ascienda a un 15% en comparación con la suma que se paga con anterioridad. Por lo demás, el cumplimiento de los plazos, entre otras particularidades, continúa al pie de la letra.

En definitiva, las entidades jurídicas afectadas son aquellas que ingresan un importe neto de hasta 20 millones de euros al año. Por su parte, la misma tendencia ocurrirá en quienes tributen la modalidad fiscal IS. Ante ello, si perteneces a alguno de los casos mencionados, tendrás que hacer frente a estas novedades. Que no te tomen desapercibido al respecto.